EL GOBIERNO PODRÁ INTERVENIR CASAS ABANDONADAS Y PROPIEDADES EN RUINAS

El Ministerio de Seguridad y Justicia formalizó un nuevo protocolo preventivo para actuar sobre inmuebles que representen un riesgo para la seguridad pública, sin afectar el derecho de propiedad.

Mendoza28/01/2026Mega Noticias MendozaMega Noticias Mendoza
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Imagen ilustrativa

El Ministerio de Seguridad y Justicia ha establecido un procedimiento administrativo diseñado para intervenir en propiedades abandonadas, en ruinas o con usos conflictivos. El objetivo central de esta medida es neutralizar riesgos para la convivencia ciudadana y el orden público, operando bajo un marco legal que garantiza que no se afecte el derecho de dominio ni se apliquen sanciones de carácter punitivo.


Según el nuevo protocolo, estas actuaciones tienen una naturaleza administrativa, preventiva, temporal y proporcional. La normativa busca dar respuesta a problemas estructurales o sociales asociados a inmuebles que han quedado desatendidos.

Entre las medidas que el Estado podrá ejecutar se encuentran:

Cerramientos y sellado de accesos: Para evitar ingresos no autorizados.
Clausuras: Totales o parciales según el nivel de riesgo.
Saneamiento estructural: Retiro de elementos con peligro de colapso.
Demoliciones controladas: Solo en casos de riesgo inminente de derrumbe.
El documento aclara explícitamente que estas acciones se encuadran dentro de los límites fijados por el Código Civil y Comercial de la Nación, asegurando que el Estado no toma posesión del bien, sino que garantiza la seguridad del entorno.

El proceso: de la denuncia a la acción
El procedimiento no es arbitrario y sigue una serie de pasos administrativos rigurosos:

Detección: El proceso se activa mediante denuncias de vecinos, informes policiales, requerimientos municipales o judiciales.
Investigación: Se recopila información sobre la situación dominial (dueños), antecedentes de ocupación y riesgos específicos de seguridad.
Notificación: El Ministerio dicta un acto administrativo previo y notifica al titular registral para que esté al tanto de la situación.
Ejecución: Una vez vencidos los plazos legales, el municipio correspondiente define las medidas técnicas a seguir, contando con la asistencia de Defensa Civil.
Nota importante: El protocolo establece una salvaguarda fundamental: no se podrá avanzar por esta vía si existe ocupación efectiva del inmueble. En dichos casos, cualquier intervención deberá ser canalizada exclusivamente a través del Poder Judicial.
Garantías para el propietario
El Ministerio de Seguridad emitirá una resolución para habilitar la ejecución de las obras, pero siempre otorgando al propietario la posibilidad de presentar una oposición fundada. De esta manera, se busca un equilibrio entre la seguridad de la comunidad y el respeto a la propiedad privada.

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